JUAN DE MESA EN VENEZUELA: SAN NICOLÁS DE TOLENTINO (Y II)
José Carlos Pérez Morales y Álvaro Dávila-Armero del Arenal
Presentamos en La Hornacina un amplio resumen de un artículo más extenso realizado por los historiadores sevillanos que verá la luz a finales de este mes o comienzos del que viene en el Boletín del Archivo de la Arquidiócesis de Mérida (Venezuela). Asímismo, esta reseña también formará parte de otro artículo que se publicará recientemente en los "Temas de Arte y Estética", una de las dos publicaciones de la Real Academia Sevillana de Santa Isabel de Hungría, acerca de nuevas aportaciones y reflexiones al catálogo de Mesa, en la que también se incluye el escrito sobre el San Pedro de Colombia que publicamos el pasado mes de abril.
En los documentos conservados acerca de la fragata Nuestra Señora y San Francisco se dice que su maestre es Diego de Arenas y que, con un peso de 55 toneladas, parte del río Guadalquivir, concretamente del puerto de camaroneros, con la flota del general Fernando de Sousa. El día concreto del 23 de marzo de 1619, se cargan las mercancías que transportará hasta el Lago de Maracaibo partiendo de Sevilla hasta el puerto de Bonanza de Sanlúcar de Barrameda, donde se encuentra un día después y, al menos, hasta el 28.
Entre los bienes cargados llama la atención que un grupo de ellos aparezcan “por cuenta y riesgo” del capitán Andrés Marín, el cual no viaja físicamente en esa fragata sino comandando un filibote de esclavos como veremos en seguida. A su llegada al Lago de Maracaibo, dicha mercancía deberá ser recogida por el propio Andrés Marín, su hijo (Francisco) o su sobrino, Salvador Marín, hijo del también capitán Gonzalo Marín Granizo.
Realizando un obligado inciso, el hijo del capitán Andrés Marín, Francisco Marín de Narváez, nace alrededor de 1610 falleciendo, como antes de dijo, en 1673 en Madrid. Capitán de infantería educado en España, poseyó regular fortuna, tierras y numerosos esclavos. Es nombrado por el rey Felipe IV como contador de la Gobernación de Venezuela en 1655. Además, se concede, mediante Real Cédula de 21 de agosto de 1663, a él y sus sucesores la propiedad de las minas de cobre de Aroa, entre otros señoríos y propiedades. Esto se debe en gran medida a la estrecha relación que mantenía con su tío, don Gonzalo Marín Granizo, en cuya casa residía su hija, Mª Josefa de Marín y Narváez que, en un futuro, casará con Pedro Ponte Andrade Jaspe de Montenegro, regidor y compañero de Gonzalo Marín, a la edad de 13 años. Francisco Marín otorga testamento el 18 de agosto de 1673 en el cual dice textualmente “Tengo una hija natural y por tal la reconozco, nombrada Josefa, a la cual hube en una doncella principal, cuyo nombre callo por su decencia, con la cual hubiera podido contraer matrimonio sin dispensación cuando la hube”. En otro fragmento del citado documento testamental, el capitán Francisco Marín dice que la niña se estaba criando en casa del capitán Gonzalo Marín Granizo, y que su hermana María Marín de Narváez la conocía.
Con ello, para no desviar mucho la atención del tema principal de este estudio, solamente concluir que Andrés Marín amasó cierta fortuna y bienes que legó a sus hijos, personas, por otro lado, importantes en la vida social de la época. Destaquemos que Mª Josefa de Marín y Narváez es la bisabuela paterna de Simón Bolívar (1783-1830). Además, Francisco Marín es el primer propietario conocido del inmueble donde nacerá posteriormente el Libertador, siendo edificado y reedificado entre 1650 y 1660.
Documentalmente, Andrés Marín aparece como maestre del filibote de esclavos número 44, “Nuestra Señora de la Cabeza”, en el cual transportaba 220 esclavos negros del reino de Angola, hacia Cartagena. El día 26 de marzo de 1619, el filibote se encuentra en el puerto de Bonanza sito en Sanlúcar de Barrameda. Por la exacta coincidencia de fechas y la carga de objetos por parte del capitán Marín en la fragata parece ser que estos filibotes con esclavos formaran parte de la flota de Fernando de Sousa.
Por otro lado, las fechas son coincidentes pues Juan de Mesa se comprometía a entregar la imagen 2 meses y medio después de la forma del contrato, lo que quiere decir que debía estar finalizada el 26 de marzo de 1619, día exacto en que el filibote de esclavos del capitán Marín se encuentra en Sanlúcar.
Sin embargo, el género cargado en el navío por parte del capitán consta que se realiza el día 23 del mismo mes, siendo solamente 3 días menos en el plazo de ejecución de la imagen del santo. Reconozcamos que son muy pocos estos días en lo que sería el toque final de una escultura pues nada más hemos de contemplar la perfección en su acabado del grupo escultórico de las Angustias, conservado en la iglesia de San Pablo de Córdoba, constando, sin embargo, en el testamento del imaginero que “no le faltan tres días de trabajo”. Entre finales de marzo y comienzos de abril, la flota zarparía definitivamente hacia Tierra Firme.
Finalmente, gracias a un contrato conservado en el Archivo General del Estado de Mérida, sabemos que Andrés Marín se encuentra en Mérida (Venezuela). Se trata de un concierto entre Marín y Francisco, indio ladino, para que le trabaje por un año, fechado a 1 de octubre de 1619. Si habitualmente las flotas solían tardar desde España a Tierra Firme alrededor de dos meses, las fechas coinciden.
La imagen de San Nicolás de Tolentino del Museo Arquidiocesano de Mérida, la contrata en Sevilla un capitán de barco, llamado Andrés Marín Granizo, al policromador Vicente de Perea y al escultor Juan de Mesa Velasco en enero de 1619. A finales de marzo del mismo año Andrés Marín es el maestre de un filibote de esclavos que va hacia Tierra Firme y más concretamente a Cartagena. En la misma flota carga mercancía en un navío que se dirige al lago de Maracaibo.
La presencia y relaciones del contratante con Venezuela quedan demostradas además por su viaje de pequeño con su padre a Trujillo y su casamiento con Juana de Vílchez y Narváez, natural de dicho lugar, su contrato de un esclavo en Mérida y por aparecer en algunos documentos como vecino de la ciudad de Barinas.
Además, la altura y descripción de la obra en el contrato coinciden con la conservada en el museo, por lo que podríamos asegurar que contrato y obra vuelven a unirse, para así, enriquecer un poco más el extraordinario catálogo escultórico de un escultor sin igual. A modo de curiosidad diremos que los restos de los dos realizadores de la obra, Vicente de Perea y de Juan de Mesa, yacen en una misma iglesia sevillana, la parroquia de San Martín
APÉNDICE DOCUMENTAL
Documento 1
Sevilla, 1619, enero, 11
Contrato entre Juan de Mesa y Vicente de Perea, pintor, para la ejecución de una Virgen del Rosario con el Niño y un San Nicolás Tolentino.
Archivo de Protocolos Notariales de Sevilla, oficio 17
(LÓPEZ MARTÍNEZ, Celestino: Retablos y esculturas de traza sevillana, Sevilla, AÑO, págs. 63-64)
... Juan de mefa escultor vº desta ciudad de seuilla en la collacion de santa maria e yo bifente de perea pintor de imagineria vzº desta dha ciudad en la collacion de san martin anbos a dos juntamente de mancomun y a bos el uno del otro otorgamos y conoffemos que fomos conbenidos y confertados con jorge de acofta vzº desta ziudad de seuilla y con el capitan andres marin refidente en esta dha ciudad en tal manera que feamos obligados y nos obligamos de le hafer y que le haremos una ymagen de nuestra señora del rrosario con un niño en los brazos eftofados de pulimento de bara y medio de alto fin la peana y con la peana de un codo de alto dorada y embarniçada y el niño que fe pueda quitar y otra ymagen ansimismo de san nicolas de tolentino del mismo tamaño de la otra dorado y estofado y de la misma forma de la dha ymagen todo lo qual nos obligamos a lo entregar ffecho y acabado y en toda perffecion de oy dia de la fecha desta carta en dos meffes y medio cunplidos primeros siguientes y a bista y parecer de oficiales que lo entiendan por rrazon de lo qual an de fer obligados de mancomun a nos pagar a mi el dho juan de mefa por la hechura y madera de las dhas ymagenes ciento e quatro ducados y a mi el dho bifente de perea finquenta y dos ducados por la hechura dorado y estofado de las dhas ymagenes a cada uno de nos la dha cantidad o a quien el poder de culquier de nos ubiere… disquitando cien rreales que a cada uno de nos dan y pagan en rreales de plata rrealmente y con efeto en frefenfia del escriuº publico de que nos damos por pagados dellos a nuestra boluntad y fi dentro del dho termino no vos entregaremos las dhas ymagenes o entregadas no fueren a su contento y satisfacion que fe pueda confertar con otro escultor y pintor que en nuestro lugar haga las dhas ymagenes y por lo que mas le coftare de a los dhos precios y por los dhos docientos rreales que abemos rrecibido adelantados nos pueda executar
Documento 2
Mérida, 1619, octubre, 1
Concierto entre Andrés Marín y el indio Francisco para que le trabaje por un año
Archivo General del Estado de Mérida, Protocolos, Escribanías, tomo 7, fols. 7v – 8r
(OBEDIENTE SOSA, Enrique: Documentos para la Historia Lingüística de Mérida-Venezuela. Siglos XVI-XVII, Mérida, 2003, pág. 53)
En la çiudad de merida del nuevo rreyno de granada en Primero dia de el mees de otubre de mil y seissientos y diez y nuebe anos ante goncalo guerra de la parra teniente de corregidor desta ciudad e por ante mi el escribano Parecieron prezentes andres marin el mozo rrezidente en esta ciudad y un yndio Ladino que dijo llamarse fransisco natural de la billa de san cristobal deste rreyno. y el dicho teniente asento a serbiçio al dicho yndio con el dicho andres marin Por tiempo de vn año qunPlido Primero sigiente de oy dia en adelante y Por el dicho tiemPo y serviçio // se obliga a dalle e pagalle el dicho andres marin al dicho yndio veynte y cuatro peSos de Plata de a ocho rreales cada peSo y dalle de comer y haSelle buen ttratamiento y ensenalle la doctrina cristiana y demas cozas de nuesttra santa fe catolica y quralle de sus enfermedades y el dicho yndio francisco dijo que qumplira el dicho año y serbira al dicho andres marin en todo aquello que le mandare fuera lisito de hazer y no se huyra ni avzentara ni hara fallas y si las hisiere las qunPLira hasta que rrealmente aya serbido y qunPLido el año que tiene obligaçion por esta carta y satistacion deste concierto y lo qunPLira y el dicho teniente le mando que lo qunPLa so Pena que sera castigado no qunPLiendolo y lo juro el dicho andres marin por lo [roto: que] le toca y esta obligado y el [roto: dicho] teniente lo firmo ansi mesmo. Siendo teestigos Joan de san martin y mateo de sepulbeda.
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